5.5.10

LA TRISTE REACCIÓN DEL POLISARIO II.

por Haddamin Moulud Said

No busquen en el Servicio de Prensa Saharaui, tampoco busquen en la alicaída upes.org. Ni se os ocurra buscar en el sitio oficial de la RASD en internet o en la web de la Embajada Saharaui en Argel. Ni qué decir de los informativos de RASD TV. En todos esos sitios no existe información. Es triste pero es la realidad.
La reacción oficial del POLISARIO, búsquenla en los informativos de la TV argelina o en las entrevistas que se conceden a los diarios argelinos. Parece, a juzgar por el lugar donde el POLISARIO vomita su reacción, que el interesado en saber esa reacción, es el pueblo argelino, no el saharaui.
En efecto, el informativo de la TV argelina del día 02-05-2010 daba esta noticia:
“Abdelazis da la bienvenida a la Resolución 1920 del Consejo de Seguridad y declara que el POLISARIO está listo para entrar en negociaciones directas sin condiciones previas ahora mismo”.
Esto, a diferencia de lo dicho por D. Abdelkader Taleb Omar, en el Festival de Cine, esto si que es una reacción oficial en toda regla.

Muy a gusto se explaya D. Abdelaziz para el diario argelino “Al Jabar” del día 03-05-2010, diciendo lo que a su juicio, son los puntos positivos de la Resolución 1920 del Consejo de Seguridad, que son:
Primer Punto.- La prórroga del mandato de la MINURSO con el objetivo de celebrar un referéndum de autodeterminación;
Segundo Punto.- Las negociaciones entre el POLISARIO y Marruecos (él, lo dice en el orden inverso) tienen el objetivo de alcanzar una solución justa que garantice al pueblo saharaui el derecho a la autodeterminación;
Tercer punto.- La preocupación de la Comunidad Internacional por la situación de los Derechos Humanos en el Sahara Occidental.

Juro que he leído y releído la Resolución 1920 pero no encuentro motivo alguno para sacar ni un solo punto positivo ni medio. Pero claro, cuando un equipo sale al campo de juego con la esperanza y ganas de vencer a su rival y, torciéndose el camino, recibe tres goles a cero, eso es una derrota monumental. Pero cuando, en lugar de salir a ganar, sale a empatar, claro que tres goles pesan menos. Y en este sentido es donde se inscribe la reacción del POLISARIO. No se habían entrenado ni preparado, salieron a empatar y, visto el resultado, cabe concluir que el desastre no ha sido tanto.
En cualquier caso, ignoramos si el motivo que alegra a D. Abdelaziz es la mera prórroga del mandato de la MINURSO o, lo que le alegra, es que esa prórroga esté supeditada al objetivo de celebrar un referéndum de autodeterminación. Y lo ignoramos porque llevamos veinte interminables años viendo prórrogas de la MINURSO con ese mismo objetivo.
Por escrito, el Presidente de la RASD había solicitado la reducción del período de mandato de la MINURSO de 12 a 4 meses. Y esa solicitud ni siquiera había entrado en el borrador de la Resolución. Tampoco los Estados que, dentro del Consejo, se esperaba sirvieran de guardianes de los intereses saharauis, tampoco hicieron mucho en ese sentido. Pero, D. Abdelaziz, prefiere olvidar esto.
Decir, como hace D. Abdelaziz, que las negociaciones entre el POLISARIO y Marruecos, tienen el objetivo de alcanzar una solución justa que garantice al pueblo saharaui el derecho a la autodeterminación, y destacarlo como punto positivo de la Resolución 1920, carece por completo de sentido. Y carece de sentido, porque no era previsible que, al menos ahora en abril, el Consejo de Seguridad dijera algo distinto.
Lo que si se esperaba y no ocurrió es que el Consejo señalara, directamente, a Marruecos por su decidida voluntad de obstruir el proceso de las negociaciones. El Consejo de Seguridad no ha llamado la atención a Marruecos y D. Abdelaziz, prefirió hacerse el longui y no advertir esa contrariedad.
Por último, en cuanto al tercer punto positivo, donde D. Abdelaziz destaca la preocupación de la Comunidad Internacional por la situación de los DDHH. Aquí, el Presidente, curándose en salud, utiliza la expresión ‘Comunidad Internacional’ (Almajmu3a Dauliya), para evitar destacar la preocupación del Consejo de Seguridad por los DDHH.
Dada la importancia de la cuestión de los DDHH, conviene dejar claro que la Resolución 1920 como todo acto jurídico, tiene dos partes. Uno, es el preámbulo o enunciación de los principios que sirven de pórtico a lo que viene después y, Dos, el propio articulado de esa Resolución, conocido con el nombre de ‘Parte Dispositiva’. La parte dispositiva es la que vincula y obliga a las partes (Consejo, POLISARIO, Marruecos y los demás Estados Miembros de la ONU). El preámbulo, en cambio, sólo tiene alcance interpretativo pero carece de alcance vinculatorio para con las partes.
Pues bien, en toda la Resolución 1920, ni en el preámbulo ni en la parte dispositiva aparece la expresión ‘situación de los derechos humanos’. Lo que sí aparece, en el preámbulo pero no en la parte dispositiva, es una alusión a la expresión ‘dimensión humana’ que viene usándose desde anteriores Resoluciones e Informes. Y cuidado, tal y como aparece esa expresión, podría, ciertamente, aludir a algo parecido a la necesidad de proteger los DDHH pero, también, podría aludir a las medidas de confianza mutua, tipo intercambio de visitas familiares.
En fin, el rumor que, de boca en boca, recorre la Hama y parte de Europa dice que hoy, miércoles 05-05-2010, se reúne el Comisariado Nacional Saharaui. Esperamos la buena nueva.

Haddamin Moulud Said. (ibnuabirabiaa@yahoo.es). Valencia. (España).
05.05.10
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